El Código Alimentario Argentino (CAA) define como suplemento dietario (SD)“a los productos destinados aincrementar la ingesta dietaria habitual, suplementando la incorporación de nutrientes y/uotros ingredientes en la dieta de las personas sanas que, no encontrándose encondiciones patológicas, presenten necesidades básicas dietarias no satisfechas omayores a las habituales”.Se trata de sustancias cuya dosis no es farmacológica, por lo que se comercializan como alimentos.
Dentro de ellos encontramos los suplementos proteicos. Son productos diseñados para aumentar la ingesta de proteínas en la dieta.Estos suplementos contienen proteínas concentradas o aisladas que pueden ser derivadas de diversas fuentes, y se utilizan principalmente para complementar la alimentación, especialmente en personas con altos requerimientos de proteínas o con dificultades para obtener suficiente proteína a través de los alimentos.Se usan sobre todo en grupos poblacionales donde la masa muscular se ve afectada, como las personas mayores, por la pérdida de masa muscular y los deportistaspor el desgaste muscular que sufren durante el ejercicio.
La ANMAT y el CAA determinan que los SD -por lo tanto, incluye a los SP- no deben contener en su rotulado la leyenda “venta libre”’. Los SD tienen gran aceptación en el mercado. Se comercializan no sólo en farmacias, sino también en ámbitos como el gimnasio, redes sociales, supermercados e Internet. A su vez, quienes lo comercializan no siempre ofrecen información adecuada en cuanto a su manejo, dosificación o contraindicaciones.
Existen varios tipos de suplementos proteicos (SP), cada uno con características y beneficios específicos. A continuación, un cuadro clasificatorio de los suplementos proteicos más comunes:
Cuadro Nº1
Analizamos ahora el MAT (Total Año Movible) por sus siglas en inglés para poder describir la evolución del mercado de los suplementos proteicos en unidades,incluyendo los 12 meses precedentes a cualquier mes del año que se elija, en este caso septiembre.
Se realiza un comparativo del MAT de septiembre de 2024 con el de 2023.
Gráfico Nº1. Datos IQVIA. Producción propia
La comparación de los períodos considerados da como resultado una merma del 28,1% representado por -62.600 unidades. Estamos considerando solo las ventas en el punto farmacia.
A continuación, realizaremos una comparación de los 10 productos más vendidos en el período comprendido en los 12 meses precedentes a septiembre de 2023 y 2024. (Gráfico Nº2).
Gráfico Nº2. Datos IQVIA. Producción propia
El producto más vendido es el que contiene colágeno hidrolizado,el tipo de colágeno más común y que se absorbe mejor en el intestino.Mejora la firmeza de la piel, las uñas y el cabello y fortalece las articulaciones.
El que le sigue, es un SD a base de caseinato de calcio. Lo encontramos dos veces en este listado, ya que la presentación de 250 g está discontinuada.La lenta absorción de los aminoácidos prolonga la síntesis de las proteínas, contribuyendo al crecimiento muscular.
Los suplementos que contienen la proteína del suero de la leche ofrecen todos los aminoácidos esenciales que el cuerpo necesita a diario.
Aparecen también las proteínas de origen vegetal, opción para veganos, rica en aminoácidos esenciales y fibra.
Analizamos a continuación la participación de los 10 productos líderes en el total de suplementos proteicos vendidos a través del canal farmacia durante los 12 meses anteriores a septiembre de 2024. (Gráfico Nº3).
Gráfico Nº3. Datos IQVIA. Producción propia
De las 160.142 unidades de suplementos proteicos vendidos en el período considerado, los 10 más dispensados alcanzan a 116.691 unidades, es decir el 73%.
Reflexiones:
Para que un suplemento dietario pueda comercializarse en el país, debe contar con un registro (RNPA: Registro Nacional de Producto Alimenticio) otorgado por la autoridad sanitaria correspondiente.Muchos de estos productos no se encuentran debidamente registrados, por lo que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara en lo que respecta a su elaboración, envasado y conservación.
En el caso de reportarse efectos adversos, fallas de calidad o ilegitimidad del producto, los SD son retirados del mercado por la ANMAT.
Además, en ningún caso deberá figurar en el rótulo la expresión “venta libre”, ya que dicha leyenda es exclusiva para los medicamentos y puede dar lugar a una mala interpretación al consumidor sobre el producto que adquiere.
Pero ¿los puede consumir cualquiera? ¿Tienen contraindicaciones? ¿Pueden reducir el efecto de un medicamento? Quienes los recomiendan yvenden por fuera de las farmacias, ¿tienen respuestas a estas preguntas?